Ordenanza 3137/26 Ref. Convenio Club Independiente por Programa Municipal Nuestros Abuelos.-

  • 08/10/2026


 
  
General Juan Madariaga, 8 de octubre de 2026.-
 
 
 
VISTO:  Expte. del D.E. n° 803/26 Interno 9020 iniciado por Deportes ref. Convenio Club Independiente por Programa Municipal Nuestros Abuelos; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 8 de octubre de 2026;

Que las presentes actuaciones se originan a partir del Convenio Préstamo de uso celebrado entre el Club Atlético Independiente de Madariaga y la Municipalidad de General Juan Madariaga;

Que dicho convenio tiene por objeto la cesión en préstamo de uso a favor del Municipio de las instalaciones correspondientes a la parrilla y sanitarios del inmueble ubicado en la calle Dr. Carlos Madariaga n° 343 de la ciudad de General Juan Madariaga, de propiedad de la institución deportiva;

Que las citadas instalaciones se destinan exclusivamente al funcionamiento de las actividades del “Programa Municipal Nuestros Abuelos”, coordinado por la Secretaría de Deportes Municipal, constituyendo un espacio fundamental de recreación, contención, socialización y aprendizaje para los adultos mayores de nuestra comunidad;

Que la cesión del inmueble se realiza a título gratuito, asumiendo la Municipalidad el compromiso de afrontar únicamente el cincuenta por ciento (50%) de los consumos de energía eléctrica y gas natural que devengue el inmueble durante la vigencia del contrato, contándose con las debidas intervenciones de la Contaduría Municipal y la Secretaría de Hacienda para la correspondiente imputación presupuestaria;

Que, en virtud de lo normado por los artículos 41 y concordantes del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades), corresponde elevar las actuaciones al Honorable Concejo Deliberante a los efectos de su convalidación legislativa;
 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 
ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.- Convalídese en todos sus términos el Convenio Préstamo de Uso suscripto entre la Municipalidad de General Juan Madariaga, representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Carlos Esteban Santoro, y el Club Atlético Independiente de Madariaga, representado por su Presidente Sr. Carlos Agustín Pasini.-
 
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTISEIS. -
 
 
Registrada bajo el n° 3137/26.-