Ordenanza 3133/26 Ref. Espacio público para ASOMMA. (Local u oficina).-
- 24/09/2026
General Juan Madariaga, 24 de septiembre de 2026.-
VISTO: Expte. del D.E. n° 2137/26 Interno 9008 iniciado por la Asociación de Soldados Madariaga A.SO.M.MA) ref. Sol. Espacio Público (Local u oficina); y
CONSIDERANDO
Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por Unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 24 de septiembre de 2026;
Que la Asociación Soldados bajo bandera de Madariaga Gesta por Malvinas solicitan se otorgue en comodato, préstamo un espacio público municipal (local u oficina) destinado al funcionamiento de la Institución. Teniendo el objeto de reunir, contener y representar a los soldados bajo bandera que participaron de la Gesta de Malvinas, promoviendo actividades conmemorativas, históricas, culturales y sociales, preservando la memoria de los veteranos;
Que dicha solicitud dio lugar a la suscripción del correspondiente Convenio de Comodato de Uso Precario, por el cual el Municipio autoriza a la Asociación el uso exclusivo y gratuito del inmueble ubicado en la Terminal de Ómnibus (local 3) por un plazo de dos años;
Que, Contaduría Municipal no tiene observaciones a realizar, lo propio informa la Secretaría de Hacienda;
Que la Secretaría Legal; Técnica y Administrativa recomienda dar intervención al Honorable Concejo Deliberante, para la convalidación del Contrato de préstamo de uso, de conformidad con los artículos 41 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
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ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Convalidar el Contrato de Comodato de uso precario con la Asociación Soldados bajo bandera de Madariaga Gesta por Malvinas (A.SO.M.MA) para el uso precario, exclusivo y gratuito del inmueble municipal ubicado dentro de la Terminal de Omnibus de la ciudad de General Juan Madariaga, identificado catastralmente como Circ. I – Secc. A – Manzana 58 – Parcela 1 – Partida 1162 – Local 3.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTISEIS.-
Registrada bajo el n° 3133/26.-