Ordenanza 3131/26 Ref. Denominación de calles.-

  • 24/09/2026

General Juan Madariaga, 24 de septiembre de 2026.-
 
 
VISTO:  Expte. Interno 8953 iniciado por alumnas Sec. N° 2 ref. Solicitan reunión con Concejales, Expte. Interno 8966 iniciado por alumnos de 5° 1° de la E.S. n° 1 ref. Proyecto ¿Qué pasó con las mujeres de mi pueblo? y Expte. Interno 9004 iniciado por el Bloque U.C.R. Proyecto de Ordenanza ref. Denominación de calles; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 24 de septiembre de 2026;

La necesidad de continuar y ordenar la nomenclatura urbana en distintos sectores de la ciudad de General Madariaga;

Que en fecha 10 de abril de 2025, 176 familias madariaguenses tomaron posesión de sus lotes en la Quinta n° 57, ubicada en el Barrio Belgrano, en el marco del programa “Una familia, una vivienda”;

Que resulta necesario otorgar denominación oficial a distintas arterias del Barrio “Intendente Juan José Jauregui”, ubicado en el Barrio Belgrano de nuestra ciudad, a fin de asegurar la correcta identificación territorial y registral;

Que ello contribuye a la organización urbana, la prestación de servicios públicos, la localización por parte de organismos de emergencia y la adecuada referencia catastral;

Que corresponde mantener criterios de continuidad y coherencia en la nomenclatura existente;

Que en este marco, resulta oportuno incorporar nombres que permitan reconocer y preservar la trayectoria de mujeres que realizaron aportes significativos a nuestra comunidad;

Que alumnos de dos establecimientos educativos de nivel secundario de nuestra ciudad presentaron proyectos en los que plantearon la necesidad de reflexionar sobre la ausencia de nombres de mujeres en la nomenclatura de las calles de General Madariaga;

Que dichas iniciativas fueron valoradas como una oportunidad para generar un espacio de escucha y participación, reconociendo el interés de los jóvenes por recuperar y visibilizar las trayectorias de mujeres que realizaron aportes a nuestra comunidad;

Que, para completar la propuesta, se mantuvieron conversaciones y consultas con historiadores de nuestra ciudad, quienes aportaron referencias y antecedentes sobre mujeres cuya trayectoria y compromiso con la comunidad merecen ser reconocidos;

Que, a partir de ello, en reconocimiento a la destacada labor y al aporte a la salud local de mujeres de nuestra comunidad, se propone renombrar las calles 19 y 21, adyacentes al Hospital Municipal, como homenaje a su histórica vinculación con la institución;

Que la nomenclatura urbana constituye también una forma de preservar la memoria local, especialmente la de aquellas mujeres que, a través de su trabajo, compromiso y dedicación, contribuyeron al crecimiento y desarrollo de nuestra comunidad;

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Denomínese calle “Francia” a la calle homónima que continúa al sur y es paralela al oeste a calle Alemania y al este a calle Canadá.-
 
ARTICULO 2°.- Denomínese “Canadá” a la calle homónima que continúa al sur y es paralela al oeste a Francia y al este a Portugal.-
 
ARTICULO 3°.- Denomínase “Portugal” a la continuación de la misma calle al sur, paralela al oeste a Canadá y al este a República Dominicana.-
 
ARTICULO 4°.- Denomínase “República Dominicana” a la continuación de la calle homónima al sur, paralela al oeste a Portugal y al este a Panamá.-
 
ARTICULO 5°.- Denomínase “Panamá” a la continuación de la calle homónima al sur, paralela al oeste a República Dominicana y al este a la calle Costa Rica.-
 
ARTICULO 6°.- Denomínase “Costa Rica” a la continuación de la calle homónima al sur, paralela al oeste a Panamá y al este a Honduras.-
 
ARTICULO 7°.- Denomínase “Doña Fermina Sargiotti de Cangiano” a la calle paralela al norte a la calle Guatemala y al sur a la calle América Siorra de Costa, ubicada entre las calles Francia y Costa Rica.-
 
ARTICULO 8°.- Denomínase “América Siorra de Costa” a la calle paralela al norte a la calle Doña Fermina Cangiano y al sur a la calle Elba E. “Negra” Athabe, ubicada ente las calles Costa Rica y Francia.-
 
ARTICULO 9°.- Denomínase “Elba E. “Negra” Althabe” a la calle paralela al norte a la calle América Sierra de Costa y al sur a la calle denominada “Camino n° 1, ubicada entre las calles República Dominicana y Costa Rica.-
 
ARTICULO 10°.- Denomínese “Calle 19 – Hermana Matilde”  a la calle 19 paralela al norte a la calle 21 y al sur a la calle 17 entre Av. Buenos Aires y calle 6 bis.-
 
ARTICULO 11°.- Denomínese  “Calle 21 – Bosilca Mircovich” a la Calle 21, paralela al norte a la calle 23 y al sur a la calle 19, entre Av. Buenos Aires y calle 20.-
 
ARTICULO 12°.-  Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. AS. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTISEIS.-
 
Registrada bajo el n° 3131/26.-