Ordenanza 3125/26 Ref. Convenio Marco de Cooperación con CABA.-
- 13/08/2026
General Juan Madariaga, 13 de agosto de 2026.-
VISTO: Expte. del D.E. n° 1590/26 Interno 8980 iniciado por Coordinación ref. Convenio Marco de Cooperación con CABA; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 13 de agosto de 2026;
Que las presentes actuaciones se originan a partir de la propuesta de la Secretaría de Coordinación orientada a establecer un marco general de cooperación institucional con el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires;
Que dicho acuerdo tiene por objeto promover acciones conjuntas de intercambio de conocimientos, experiencias, recursos y asistencia técnica, optimizando las capacidades de gestión y favoreciendo el desarrollo de políticas públicas que redunden en beneficios concretos para los vecinos de General Madariaga;
Que a fojas 5 y 6 han dictaminado la Contaduría Municipal y la Secretaría de Hacienda, respectivamente, concluyendo que la iniciativa no merece objeciones presupuestarias ni contables y aconsejando la prosecución del trámite;
Que la Secretaría Legal, Técnica y Administrativa ha dictaminado que, por la naturaleza de los compromisos asumidos, corresponde elevar las actuaciones al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación, de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Convalídese en todos sus términos el Convenio Marco de Cooperación y Colaboración Interadministrativa suscrito entre la Municipalidad de General Juan Madariaga, representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Carlos Esteban Santoro, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el Sr. Secretario de Gobierno y Vínculo Ciudadano, Ezequiel Sabor.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTISEIS. -
Registrada bajo el n° 3125/26.-