Ordenanza 3121/26 Ref. Terrazas de La Mansa.-
- 11/06/2026
General Juan Madariaga, 11 de junio de 2026.-
VISTO: Expte. del D.E. n° 1857/25 Interno 8945 iniciado por Russo Juan Pablo ref. Terrazas de La Mansa; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones, Hacienda y Presupuesto y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 11 de junio de 2026;
Que, el convenio celebrado entre la Municipalidad de General Madariaga y el Dr. Juan Pablo Russo Mac Adden, obrante a fs. 83/84, tiene como fin primordial establecer un marco de colaboración para el desarrollo del emprendimiento, el cual redundará en beneficios para el crecimiento local;
Que, en virtud de lo establecido en el Articulo 6° de la Ordenanza Municipal n° 2671/2020 y en concordancia con la Ley Provincial de Acceso Justo al Hábitat, corresponde la aplicación de una contribución obligatoria por valorización inmobiliaria (plusvalía urbana) equivalente al diez por ciento (10%) del mayor valor resultante;
Que el monto de dicha contribución ha sido fijado en la suma de Dólares Estadounidense Treinta y Seis Mil (U$S 36.000), habiéndose acordado su cancelación en tres (3) cuotas iguales, mensuales y consecutivas;
Que el convenio suscripto “ad referéndum” del Honorable Concejo Deliberante tiene por finalidad instrumentar la modalidad de cumplimiento de esta obligación, garantizando el ingreso de fondos destinados a la función social de la propiedad y la distribución justa de las cargas y beneficios del desarrollo urbano;
Que es condición sine qua non que toda ejecución derivada del convenio se ajuste estrictamente a los parámetros de planeamiento urbano vigentes, específicamente a lo establecido en la Ordenanza n° 2854/22 (sin homologar en provincia de Buenos Aires), respetando los indicadores urbanísticos, de densidad y ocupación de suelo allí fijados;
Que el Área de Legales ha tomado la intervención de su competencia, emitiendo dictamen y sugiriendo la elevación de las presentes actuaciones para su convalidación legislativa, conforme lo exige la normativa vigente;
Que la convalidación del presente instrumento permitirá dar inicio a las etapas de ejecución, garantizando la seguridad jurídica de los actos administrativos y el cumplimiento de las metas de desarrollo local;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Convalídase en todos sus términos el “Convenio de Contribución por valorización inmobiliaria (Plusvalía Urbana)” suscripto el día 6 de marzo de 2026 entre la MUNICIPALIDAD DE GENERAL JUAN MADARIAGA, representada por el Sr. Intendente Municipal Dr. Carlos Esteban Santoro, y el Dr. JUAN PABLO RUSSO MAC ADDEN, en su carácter de desarrollador de los Lotes nros. 80, 81 y 82 del Núcleo Urbano “La Mansa”.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTISEIS.-
Registrada bajo el n° 3121/26.-