Ordenanza 3103/26 Ref. adhesión a la Ley Pcial. N° 15.556.-
- 12/03/2026
General Juan Madariaga, 12 de marzo de 2026.-
VISTO: Expte. Interno 8894 iniciado por el Bloque de la U.C.R. ref. adhesión a la Ley Pcial. N° 15.556; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Acción Social fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 12 de marzo de 2026;
Que la norma tiene como fin capacitar, sensibilizar y concientizar a la comunidad educativa de los niveles obligatorios de todas las modalidades del Sistema Educativo Provincial sobre discapacidades, neuro diversidades y/o diversidades cognitivas;
Que son algunos de sus objetivos: aportar a una mirada inclusiva, basada en la comprensión de la complejidad y la singularidad de los procesos de enseñanza – aprendizaje; reconocer el valor de la diversidad, brindar herramientas para la construcción de una educación inclusiva fundada en la igualdad, los derechos humanos y la democracia;
Que la capacitación de los educadores es una herramienta indispensable para garantizar la plena participación de los estudiantes en el Sistema Educativo, generando los sistemas de apoyo necesarios para promover la construcción de entornos accesibles y respetuosos de la diversidad;
Que, según lo establece el articulo 5 de la Ley Provincial n° 15.556, la Autoridad de Aplicación será la máxima autoridad en el ámbito educativo de la Provincia de Buenos Aires, designada por el Poder Ejecutivo Provincial;
Que, desde el Área de Discapacidad, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social de la Municipalidad de Gral. Madariaga, se considera oportuno y de sensible interés adherir a la norma, que acompaña el trabajo que viene realizándose desde el ejecutivo municipal;
Que, sosteniendo un compromiso con la Educación Inclusiva, desde el Área de Discapacidad se considera que la educación es un derecho humano fundamental, y se realizan distintas acciones en ese sentido;
Que, en ese contexto, se llevó a cabo un primer tramo de capacitación en el marco del trayecto formativo denominado “Aprende inclusión”, realizado en el año 2025, y se prevé la realización de un segundo tramo apuntando a la capacitación con especificidad en la condición del espectro autista dirigido a la comunidad educativa;
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Adhiérase el Municipio de General Juan Madariaga en todos sus términos a la Ley Provincial n° 15.556.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTISEIS.-
Registrada bajo el n° 3103/26.-