Ordenanza 3101/26 Ref. Convenio PROVIDA.-
- 12/03/2026
General Juan Madariaga, 12 de marzo de 2026.-
VISTO: Expte. Del D.E. n° 3440/25 Interno 8880 iniciado por Coordinación ref. Convenio PROVIDA; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 12 de marzo de 2026;
Que obra un convenio que fuera suscripto, por un lado con LA MUNICIPALIDAD y, por el otro, la Asociación Provida Madariaga, por el préstamo de uso gratuito a la Asociación por el plazo de tres (3) años con opción a prorroga por tres (3) años adicionales, previo acuerdo expreso de las partes, un sector del inmueble sito en calle Divisadero de esta ciudad con el objeto de la utilización en las condiciones existentes del espacio físico destinado al funcionamiento del refugio de animales bajo la responsabilidad de la Asociación;
Que atento las facultades atribuidas por el articulo 41 del Decreto – Ley 6769/1958, el Honorable Concejo Deliberativo resulta competente para convalidad el presente convenio;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Convalídase Convenio de Préstamo de uso entre La Municipalidad y la Asociación Provida Madariaga, por el préstamo de uso gratuito a la Asociación por el plazo de tres (3) años con opción a prorroga por tres (3) un sector del inmueble sito en calle Divisadero de esta Ciudad.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL VEINTISEIS.-
Registrada bajo el n° 3101/26.-