Ordenanza 3083/25 Ref. Autorización de Adelanto de Fondos al Bco. Provincia de Bs. As.-

  • 27/11/2025

General Juan Madariaga, 27 de noviembre de 2025.-
 
VISTO: Expte. Del D.E. n° 3368/25 Interno 8867 iniciado por Hacienda ref. Autorización de Adelanto de Fondos al Bco. Provincia de Bs. As.; y
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por mayoria en la sesión ordinaria celebrada el pasado 27 de noviembre de 2025;

Que el adelanto de fondos es una herramienta financiera disponible ante necesidades urgentes;

Que el Departamento Ejecutivo requiere que se lo autorice a modo preventivo en caso de necesitar su utilización para el pago de haberes;

Que lo requerido se ajustó a lo normado por los artículos 67 y 68 del Decreto 2980/00 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires;

Que la Secretaría Legal, Técnica y Administrativa en su dictamen de fs. 4 y vta. Entiende que la iniciativa debe elevarse al Honorable Concejo Deliberante;
 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.-  Autorízase al Departamento Ejecutivo a tomar anticipos bancarios (adelanto de caja) para girar en descubierto, en orden de lo normado por los artículos 67 inciso a) y 68 del Anexo al Decreto 2980/00 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, hasta alcanzar un monto máximo equivalente a la masa salarial bruta mensual del mes en que se solicita dicho anticipo, debiendo dichos fondos ser destinados a proveer momentáneas deficiencias de caja provocados pro la falta de coincidencia de los ingresos con los gastos o por falta o retraso de los ingresos ordinarios calculados en la presente.-

ARTICULO 2°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo el dictado de normas complementarias e interpretativas necesarias que fijen los procedimientos y demás condiciones necesarias para su instrumentación.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VIENTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.-

Registrada bajo el n° 3083/25.-