Ordenanza 3081/25 Ref. Lombera Mario Alfonso Sol. Autorización p/ Instalación de Pantalla Publicitaria.-
- 27/11/2025
General Juan Madariaga, 27 de noviembre de 2025.-
VISTO: Expte. Del D.E. n° 754/25 Interno 8863 iniciado por Lombera Mario Alfonso ref. Sol. Autorización p/ Instalación de Pantalla Publicitaria; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones, Hacienda y Presupuesto y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 27 de noviembre de 2025;
Que el Sr. Lombera solicita autorización para la colocación y explotación de una pantalla LED destinada a publicidad en la intersección de las calles Avellaneda y Sarmiento de ésta ciudad;
Que en el ordenamiento local no existe una normativa específica que regule de manera integral la instalación, el uso, la habilitación y el régimen tributario de pantallas LED, cartelera lumínica o dispositivos electrónicos de publicidad análogos;
Que el pedido exige la fijación de un canon en concepto de derecho de publicidad y propaganda conforme lo informado por el Director de Inspección, a abonarse en forma bimestral y con ajuste automático conforme los incrementos que registre la Tasa por Publicidad y Propaganda vigente en la normativa fiscal municipal;
Que la autorización debe ser de manera transitoria y precaria, quedando expresamente condicionada a la posterior sanción, por el Honorable Concejo Deliberante, de la normativa específica que regule la materia;
Que, en consecuencia se suscribe Convenio con el Sr. Mario Alfonso Lombera para la autorización de la colocación de pantalla LED en calle Sarmiento y Avellaneda, el cual obra a fs. 64/65;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Convalídase el Convenio suscripto con el Sr. Mario Alfonso Lombera, “ad – referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, por el cual se autoriza la colocación de una pantalla LED, en la intersección de las calles Sarmiento y Avellaneda de esta ciudad.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VIENTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.-
Registrada bajo el n° 3081/25