Ordenanza 3080/25 Ref. Polo Tecnológico Gral. Madariaga (MINC y T).-
- 13/11/2025
General Juan Madariaga, 13 de noviembre de 2025.-
VISTO: Expte. Del D.E. n° 3292/22 Interno 8861 iniciado por Obras Públicas ref. Polo Tecnológico Gral. Madariaga (MINC y T); y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 13 de noviembre de 2025;
Que las presentes actuaciones contiene acuerdo celebrado entre la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y la Municipalidad de General Juan Madariaga, relativo al proyecto “Programa Federal Construir Ciencia”, cuyo objetivo es contribuir al fortalecimiento de las capacidades institucionales de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica de las instituciones del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, mediante el fortalecimiento de sus infraestructuras edilicias;
Que, por Resolución n° 170 de fecha 14 de julio de 2025, la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología dispuso la baja del Convenio n° CONVE – 2022 – 123530489 – APN – MCT suscripto oportunamente entre el ex MINCYT y la Municipalidad de General Juan Madariaga, intimando a este Municipio a reintegrar la suma de pesos veintiocho millones novecientos cincuenta y seis mil trescientos once con 25/100 ($ 28.956.311,25), con más sus intereses;
Que, contra dicho acto, el Municipio interpuso Recurso de Reconsideración, con jerárquico en subsidio, acompañando copias de los certificados que acreditan un avance físico de obra del 68,27% y solicitando se dé cumplimiento al convenio suscripto a fin de habilitar el uso de los fondos oportunamente transferidos por el ex MINCYT y de los intereses generados;
Que, con el objeto de coadyuvar a la racionalización del gasto público y al fortalecimiento de las capacidades institucionales de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, las partes arribaron a un acuerdo por el cual, en la cláusula Primera del Convenio, se establece que el Proyecto será continuado y finalizado exclusivamente con fondos aportados por el Municipio; y que la Secretaría otorga al Municipio la no objeción para el uso de los fondos oportunamente transferidos por el ex MINCYT, junto con los ingresos generados por las aplicaciones financieras, debiendo destinarse ambos exclusivamente al Proyecto;
Que, el Área de Contaduría informa que corresponde elevar las presentes actuaciones al Honorable Concejo Deliberante para la aprobación del Convenio, e indica las partidas de imputación del gasto en la Jurisdicción 111.01.03.000 (Secretaría de Obras y Servicios Públicos) – Programa 51.94.00 “Plan de Obras Municipales” -, Fuente de Financiamiento 133, “Polo Tecnológico”, código 1720103, Partida 4.2.1.0.;
Que, la Asesoría Legal entiende que corresponde elevar la iniciativa al Honorable Concejo Deliberante en forma de Proyecto de Ordenanza de convalidación del Convenio, de conformidad con las facultades previstas en el articulo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto – Ley 6769/1958), sin pronunciarse sobre el mérito, oportunidad o conveniencia de la propuesta, extremos que exceden las atribuciones de este organismo asesor;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Convalídase el Acuerdo celebrado entre la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología de la Jefatura de Gabinete de Ministro de la Nación y la Municipalidad de Gral. Madariaga que obra adjunto en las actuaciones administrativas n° 3292/2025.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. De Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.-
Registrada bajo el n° 3080/25.-