Ordenanza 3069/25 Ref. Condonación de Tasas Municipales 2025 de la Iglesia Sagrado Corazón de Jesús.-

  • 25/09/2025

General Juan Madariaga, 22 de septiembre de 2025.-
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 2241/25 Interno 8839 iniciado por la Parroquia Sagrado Corazón de Jesús ref. Sol. Eximición de Tasas Municipales 2025; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 25 de septiembre de 2025;

Que la comunidad parroquial desarrolla actividades pastorales, sociales y solidarias, abiertas a todos los vecinos;

Que dichas actividades sin fines de lucro brindan acompañamiento espiritual, contención y asistencia a muchas familias de nuestra ciudad que se encuentran atravesando situaciones de vulnerabilidad;

Que la Ley 14.048 establece la facultad de condonar hasta la totalidad del capital, como así también los intereses de las tasas municipales, cuando razones sociales así lo justifiquen; que la facultad de condonar deuda es una facultad exclusiva del Honorable Concejo Deliberante;
 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Condónase la deuda de Tasas Municipales de los inmuebles designados como Partida Inmobiliaria n° 11.328, 1.342, 24.046, 1.057, 28.079, 56.447, 24.045 y 43.293, propiedad de la Parroquia Sagrado Corazón de Jesús”.-
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.-
 
Registrada bajo el n°  3069/25.-