Ordenanza 3063/25 Ref. Convenio de pago Sr. Gabriel Gonzalez.
- 28/08/2025
General Juan Madariaga, 28 de agosto de 2025.-
VISTO: Expte. del D.E. 190/25 Interno 8822 Iniciado por el Hospital ref. Sol. Se intime; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 28 de agosto de 2025;
Que, el expediente de referencia se inicia por las autoridades del Hogar Municipal de Ancianos “La Sagrada Familia”, a raíz del incumplimiento en el pago del arancel mensual correspondiente a la residencia de la Sra. Elida Hebe Morano (DNI 3.540.076), quien registra una deuda equivalente a cuatro (4) períodos mensuales consecutivos, conforme se acredita en el informe obrante a fs. 1 de los mismos;
Que, a fs. 3 de las actuaciones referidas, la Lic. Lucila Verdi, Jefa del Área Hogar de Ancianos, informa los datos del responsable /apoderado de la residente, Sr. Gabriel Darío González, en virtud de lo dispuesto en el artículo 6, inciso g) de la Ordenanza n° 2896/23, que establece la obligatoriedad de declarar un apoderado al momento del ingreso al Hogar, con facultades de administración de haberes y atención de las obligaciones asumidas con la institución;
Que, en fs. 5/6 se agrega el listado de residentes y detalle de deuda; así mismo en fs. 7 consta la intimación fehaciente cursada al Sr. González, requiriéndole el cumplimiento de sus obligaciones como referente económico de la Sra. Morano;
Que, en fs. 10/22 obran los comprobantes de percepción de haberes previsionales (jubilación y pensión), remitidos por el apoderado, y a fs. 23 la Secretaría de Finanzas acredita la carga de los períodos adeudados, acompañando en fs. 25 el certificado de deuda actualizado;
Que, a fs. 28 el Sr. Gabriel Darío González comparece y suscribe un convenio de regularización de deuda ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, ofreciendo cancelarla mediante un plan de pagos en doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, cuya copia obra glosada;
Que, en atención a ello, Asesoría Legal Técnica y Administrativa entiende que conforme lo establecido en el artículo 41 del decreto – Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) resulta procedente elevar las presentes actuaciones al Honorable Concejo Deliberante, a efectos de que convalide el convenio suscripto, en ejercicio de su competencia como órgano de contralor institucional, garantizando de este modo la transparencia administrativa y el debido resguardo del interés público;
Que, asimismo, considera oportuno que en la suscripción de convenios de regularización de deuda con responsables o apoderados de residentes, como en el caso de autos, incluyan cláusulas expresas que prevean el incumplimiento del plan de pagos, facultando a la Municipalidad a aplicar las medidas previstas en el artículo 6, inciso J y K, y especialmente la prescripta en el artículo 14 de la Ordenanza n° 2896/23, las cuales habilitan la baja de la permanencia del residente por inobservancia de las disposiciones del referido reglamento (incumplimiento de pago);
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Convalidar el convenio de pago en cuotas suscripto con el Sr. González Gabriel Darío, DNI 17.345.866, CUIT 20-17345866-6, en representación de la Sra. Morano Elida Hebe (residente del Hogar Municipal de Ancianos “La Sagrada Familia”), en su calidad de familiar responsable de conformidad a lo prescripto por el artículo 6 de la Ordenanza 2896/23, y la Municipalidad de General Madariaga, por el que aquel se obliga a regularizar la deuda pendiente en concepto de arancel destinado a solventar los gastos que insume la residente en el mencionado hogar.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICINCO.-
Registrada bajo el n° 3063/25.-