Ordenanza 3012/24 Ref. Autorización p/ remate o venta.-

  • 13/11/2024

General Juan Madariaga, 14 de noviembre de 2024.-
 
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 255/24 Interno 8708 iniciado por Compras ref. Sol. Autorización p/ remate o venta; y
 
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 14 de noviembre de 2024;

Que la CASER solicita la autorización para remate, venta o entrega como forma de pago de acuerdo al art. 54 de la L.O.M. de Bienes  de Caser y Corralón Municipal, adjuntando cotizaciones y fotos de los mismos;

Que a fojas 2 obra detalle de bienes a desafectar para venta y/o remate : Niveladora , Estado: usada, Pala de arrastre usada, casilla habitacional estado usada, Casilla habitacional estado usada, Rabasto estado usado, Carro taller, estado usado, Planta móvil para elaboración de asfalto estado usado, Barredora estado usada no funciona, Pala frontal Fiatallis FR140 año 1998, estado usada – funciona, por un valor inicial total de $ 4.891.100.00 y valor estimado de recuperación de $ 8.326.300,00 agrega a fojas 7/13 fotos ilustrativas, a fojas 23 acta de la Comisión Evaluadora de Bienes Municipales,

Que a fojas 15/17 el área de Contaduría y Secretaría de Hacienda indican que se deberá cumplir con el art. 157-161 de la LOM;
Que a fs. 18 el Jefe de Compras  informa que de acuerdo  a los art. 159 y 161 de la LOM  las enajenaciones deben realizarse previa tasación oficial y con autorización del Concejo Deliberante;

Que la Secretaría Legal, Técnica y Administrativa dictamina que en virtud de lo adunado en los párrafos que anteceden y las consideraciones estipuladas en los artículos 158, 159 y 161 de la Ley 6769/58 y demás normas concordantes, no merece observaciones al respecto;
 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 
ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a desafectar del Patrimonio Municipal los siguientes bienes: 1 – Niveladora, 2 – Pala de arrastre, 3 – Casilla Habitacional, 4 – Casilla Habitacional, 5 Rabasto, 6 – Carro Taller, 7 – Planta móvil para elaboración de asfalto, 8 – Barredora, 9 – pala frontal.-
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.-
 
 
Registrada bajo el n° 3012/24.-