Ordenanza 3011/24 Ref. Becas Municipales.-

  • 24/10/2024

                                                                             General Juan Madariaga, 24 de octubre de 2024
 
 
 
VISTO: Expte. Interno 8698 iniciado por el Bloque Juntos ref. Becas Municipales; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Acción Social fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 24 de octubre de 2024;

La necesidad de actualizar la reglamentación de la adjudicación de becas establecidas en la ordenanza 2647/20 
 
Que, ante la existencia de una mayor demanda de becas, los criterios de definición de las mismas tienen que facilitar la elección objetiva a quienes conforman la Comisión Evaluadora. -

Que es necesario determinar las funciones que habrá de cumplir dicha Comisión, como así también las bases sobre las cuales habrán de ser evaluados los antecedentes de los postulantes a ser beneficiados por las becas. -

Que visualizamos la intención de este gobierno Municipal de atender en la medida de sus posibilidades las solicitudes provenientes de jóvenes de escasos recursos económicos que deseen continuar sus estudios a nivel terciario o universitario. -

Que hemos analizado debidamente las modificaciones propuestas, entendiendo que posibilitará que los objetivos perseguidos se vean concretados. -
 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
 
 Del fondo de Becas Municipales:
 
 ARTÍCULO 1°.- Créase el programa “Fondo de Becas Municipales” destinado a la ayuda de estudiantes madariaguenses que cursan estudios terciarios o universitarios en otras ciudades de la provincia de Buenos Aires, en otras provincias o en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siempre que las carreras elegidas no se encuentren en la oferta académica de nuestra ciudad.-
 
ARTICULO 2º: El “Fondo de Becas Municipales” estará integrado por:
 
Una partida presupuestaria asignada  por el Departamento Ejecutivo para ser distribuida en una cierta cantidad de Becas Municipales.-
Lugares de residencia en las casas del estudiante que la Municipalidad de General Juan Madariaga posee en la ciudad de Mar del Plata y Tandil.-
 
 
De los Beneficiarios:
 
ARTICULO 3º: Podrán ser beneficiarios del programa “Fondo de Becas Municipales” todos los jóvenes cuyas edades estén comprendidas entre los 17 y 25 años, nacidos en Gral. Madariaga o domiciliados con una antigüedad mayor a tres años, que cursen estudios terciarios o universitarios en Instituciones públicas o privadas, siempre que se encuentren residiendo y/o estudiando en otras localidades de la Provincia de Buenos Aires, en otras provincias o en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
 
De la solicitud, período y vigencia:
 
ARTICULO 4º: La solicitud de Beca Municipal se realizará mediante nota dirigida al Departamento Ejecutivo, donde deberá expresar que tipo de beca pretende (económica o habitacional) y tendrá que estar acompañada con el formulario que contiene el Anexo I, que forma parte de la presente Ordenanza y tendrá carácter de Declaración Jurada. -
 
Cuando la comisión evaluadora constate que el solicitante haya ocultado, omitido o falseado datos en la declaración jurada, podrá excluirlo de la posibilidad de ser beneficiario de una Beca Municipal. -
 
ARTICULO 5°: El formulario que contiene el anexo I deberá ser acompañado con la siguiente documentación:
Del solicitante y grupo familiar:
. Fotocopia de DNI de todos
. Documentación que acredite el vínculo (certificado de nacimiento)
. Documentación que acredite los datos laborales consignados (recibo de sueldo, constancia de monotributo/responsable inscripto)


 
ARTÍCULO 6º: Los postulantes al momento de requerir la beca municipal deberán presentar certificado de alumno regular, historial académico que acredite que están cursando la carrera y cantidad de materias aprobadas y el correspondiente plan de estudio.
 
Aquellos que ingresen por primera vez una carrera universitaria o terciaria deberán presentar la correspondiente inscripción a la carrera. -
 
ARTÍCULO 7º: El período para realizar la solicitud de Beca Municipal será desde el 1 de Noviembre al 15 de Diciembre de cada año.-
 
ARTÍCULO 8º: Las becas económicas serán abonadas en 10 cuotas iguales y consecutivas, debiendo los beneficiarios recibir la cuota mensual del monto asignado desde el día 25 al día 30 de cada mes. El monto de la cuota se incrementará en el mismo porcentaje que se incremente el sueldo básico del escalafón municipal.-
Las becas de residencia consistirán en el otorgamiento de una plaza en las casas de estudiantes de las ciudades de Mar del Plata y Tandil.-
 
ARTICULO 9º: El monto asignado para el “Programa de Becas para la Ayuda de Estudiantes Madariaguenses” será financiado con presupuesto municipal. El Intendente Municipal al momento de diagramar el presupuesto municipal, deberá afectar una partida destinada a una cierta cantidad de Becas Municipales.-
 
 De la Comisión Evaluadora:
 
ARTICULO 10º: Conformación. La Comisión Evaluadora estará constituida por los siguientes miembros:
 Secretario/a de Desarrollo Social
 Director/a de Juventud
 Un representante de cada uno de los bloques o interbloques que tengan representación en el Concejo Deliberante de Gral. Madariaga
Un Consejero de cada Bloque o interbloque que integran el Consejo Escolar de Gral. Madariaga.-
 
ARTÍCULO 11º: Funcionamiento. Culminado el periodo de inscripción, la Comisión Evaluadora se reunirá a los efectos de dictaminar sobre las solicitudes de becas municipales.
 
El dictamen para ser favorable deberá contar con el voto unánime de la Comisión Evaluadora, la cual deberá emitir un listado de los beneficiarios que será publicado en la página oficial de la Municipalidad de General Madariaga.
 
Sistema de puntuación:
 
ARTICULO 12º: Cada solicitante obtendrá un puntaje teniendo en cuenta lo siguiente:
 
a. La situación socioeconómica:
1. Conformación familiar:
· Madre y padre: 1 punto
· Madre o padre solos (con un progenitor fallecido, con presunción de fallecimiento o madre o padre soltera/o): 3 puntos
· Huérfano de ambos progenitores: 5 puntos
2. Personas que trabajan en el grupo familiar:
· 1 persona que trabaja: 3 puntos
· 2 personas que trabajan: 2 puntos
· 3 personas o más que trabajan: 1 punto
 3. Ingresos económicos del grupo familiar equivalente.
· Hasta 1 salarios básicos municipales: 10 puntos
· de 1 a 2 salarios básico municipal: 8 puntos
· De 2 a 3 salarios básicos municipales: 6 puntos
· De 3 a 4 salarios básicos municipales: 4 puntos
· De 4 a 5 salarios básicos municipales: 2 puntos
· Mas de 5 salarios básicos no suman puntaje para este ítem.-
Se tomará como sueldo básico el que perciba el agente Municipal ingresante que cumpla 30 hs. semanales.-
 4. Situación Habitacional
· Casa propia: 1 puntos.
· Casa alquilada o con crédito hipotecario: 3 puntos.
 5. Cantidad de hijos estudiando, terciarios o universitarios:
· 1 hijo estudiando: 2 puntos
· De 2 a 3 hijos estudiando: 4 puntos
· Más de 4 hijos estudiando: 6 puntos
6. Desenvolvimiento académico
A) Estudiantes universitarios
• Mas de 75% de materias aprobadas: 6 puntos
• De 50% a 75% de materias aprobadas: 3 puntos
• Menos del 50%: 0 puntos
B) Egresados del secundario
• Promedio mayor de 9: 6 puntos
• Promedio entre 7 y 9: 3 puntos
• Promedio menor a 7: 0 puntos. -
 
ARTICULO 13°: Los egresados de la escuela secundaria para acceder al beneficio de la beca deberán contar con la totalidad de materias aprobadas, de dicho ciclo lectivo, al 31 de diciembre de ese año.
 
Impedimento:
 
ARTICULO 14°: El postulante cuyo grupo familiar que tenga un ingreso superior a diez (10) sueldos básicos de un agente Municipal ingresante que cumpla 30hs. semanales, quedará excluido de la posibilidad de que se le otorgue una beca Municipal. -
 
Otorgamiento:
 
ARTICULO 15°: Las Becas Municipales serán otorgadas por el Departamento Ejecutivo, previo dictamen favorable y por voto unánime de la comisión evaluadora, el cual será determinante. -
Cuando la cantidad de solicitantes excediere la cantidad de Becas Municipales disponibles para el año en cuestión  se priorizaran aquellas personas teniendo en cuenta el mayor puntaje determinado por el artículo 12º.
En caso de empate en el puntaje para acceder a la última beca disponible se procederá a realizar un sorteo.-
 
Supresión:
 
ARTÍCULO 16°: El Departamento Ejecutivo deberá suprimir o no renovar la Beca Municipal, previo dictamen de la comisión evaluadora en caso de:
Abandono de estudio.-
El beneficiario no presente Certificado de Alumno regular e historial académico.-
Incumplimiento en el reglamento de convivencia de la casa del estudiante.-
 
ARTICULO 17°:  Deróguese la ordenanza 2647/2020. -
 
ARTICULO 18°: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.-
 
Registrada bajo el n° 3011/24.-
                                            
                                                       
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
ANEXO I
 
DATOS PERSONALES DEL SOLICITANTE:
APELLIDO Y NOMBRES:
DNI:
EDAD:
LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO:
NACIONALIDAD:
DOMICILIO:
TELEFONO DE CONTACTO:
ESTADO CIVIL:
Tiene hijos a cargo: SI / NO            - ¿Cuántos?: ____            - AUH: SI / NO
 
DATOS DE LA BECA A SOLICITAR:
BECA ECONOMICA.    ____


BECA RESIDENCIAL:

- CASA DEL ESTUDIANTE TANDIL    ____
- CASA DEL ESTUDIANTE MAR DEL PLATA____
 
DATOS SITUACION SOCIO-ECONOMICA
CONFORMACION FAMILIAR
 
MADRE Y PADRE VIVOS:____
MADRE O PADRE SOLOS (con un progenitor fallecido, con presunción de fallecimiento o madre/padre solera/o): ____
HUERFANO DE AMBOS PROGENITORES:____
 
PERSONAS QUE TRABAJAN EN EL GRUPO FAMILIAR
 
1 PERSONA____
2 PERSONAS____
3 O MAS PERSONAS QUE TRABAJAN____
INGRESOS ECONOMICOS DEL GRUPO FAMILIAR CONVIVIENTE
 
MONTO DEL INGRESO: $_____________________.-
SALARIO BÁSICO MINICIPAL: $___________________ (deberá completarse por el funcionario que recibe la declaración jurada)

DETERMINAR DE ACUERDO A LA INFORMACIÓN ANTERIOR:
 
HASTA 1 SALARIO BASICO MUNICIPAL____
DE 1 A 2 SALARIOS BASICOS MUNICIPALES____
DE 2 A 3 SALARIOS BASICOS MUNICIPALES____
DE 3 A 4 SALARIOS BASICOS MUNICIPALES____
DE 4 A 5 SALARIOS BASICOS MUNICIPALES____
MAS DE 5 SALARIOS BASICOS MUNICIPALES____
MAS DE 10 SALARIOS BASICOS MUNICIPALES____
 
Se tomará como sueldo básico el que perciba el agente municipal ingresante que cumpla 30hs. Semanales. -
 
SITUACION HABITACIONAL
 
CASA PROPIA____
CASA ALQUILADA O CON CREDITO HIPOTECARIO____
 
CANTIDAD DE HIJOS ESTUDIANDO
 
1 HIJO ESTUDIANDO:____
DE 2 A 3 HIJOS ESTUDIANDO:____
MAS DE 4 HIJOS ESTUDIANDO:____
 
DATOS DE FORMACION DEL SOLICITANTE
NIVEL SECUNDARIO COMPLETO:
- Adeuda materias SI / NO          

- Promedio mayor de 9    ____
- Promedio entre 7 y 9    ____
- Promedio menor a 7    ____


NIVEL UNIVERSITARIO

- NOMBRE DE LA UNIVERSIDAD/INSTITUCION:
- CARRERA:
- AÑO QUE CURSA ACTUALMENTE:


PORCENTAJE DE MATERIAS APROBADAS A LA FECHA: 
- Mas de 75% de materias aprobadas ____
- De 50% a 75% de materias aprobadas    ____
- Menos del 50% de materias aprobadas    ____
DATOS LABORALES DEL SOLICITANTE
TRABAJA   SI / NO
PERMANENTE ____                 TEMPORARIO  ____
LUGAR DE TRABAJO:
INGRESO MENSUAL: $