Ordenanza 2843/22 ref. Convenio CECAITRA.-

  • 24/11/2022

General Juan Madariaga, 24 de noviembre de 2022.-
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 1109/18 Interno 8423 iniciado por la Secretaría de Seguridad ref. Convenio CECAITRA; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 24 de noviembre de 2022;

Que obra convenio suscripto por el Intendente Municipal y la Cámara de Empresas de Control y Administración de Infracciones de Tránsito de la República Argentina (CECAITRA), dando continuidad a la relación contractual existente entre las partes desde el año 2013, con el fin de mejorar las condiciones de seguridad vial mediante radares en rutas provinciales, aportando tecnología y la operatividad para el sistema de control vial de tránsito en rutas provinciales con la intervención de los Juzgados Administrativos de la Provincia de Buenos Aires;

Que el mismo refiere sobre los ingresos obtenidos por el pago de las infracciones, se distribuirá el 20%  a la Dirección Provincial de Prevención y Seguridad Vial, el 40% a CECAITRA y el 40% restante a la Municipalidad de General Juan Madariaga, manteniendo en consecuencia el orden de distribución ya establecido en el convenio suscripto en el año 2018 por las partes, convalidado mediante Ordenanza 2521/18 (fs. 128/129) promulgada mediante decreto n° 1273/18 (fs. 130);

Que pretende dar continuidad al ya suscripto entre las partes, cuyo vencimiento operó a los cuatro (4) años desde que se suscribió el acta de inicio entre las partes y la convalidación por el Honorable Concejo Deliberante de nuestra Ciudad;

Que de esta forma, la continuidad de la relación contractual se ve reflejada con el nuevo convenio suscripto por el Intendente Municipal, quien, respetando los mismos parámetros  establecidos en los convenios antes firmados, los cuales permiten mejorar la seguridad vial y aumentar los ingresos que corresponden al municipio, se renueva por cuatro años más la posibilidad de implementar acciones en materia de seguridad vial con ingresos a las arcas municipales;

Que la Secretaría de Asesoría Legal, Técnica y Administrativa en su dictamen de fs. 146 informa que habiendo suscripto el Intendente Municipal Convenio marco de Cooperación en Materia de Asistencia Técnica, Provisión de Tecnología y Servicio para la Seguridad Vial, corresponde remitir los actuados al Honorable Concejo Deliberante de acuerdo a lo requerido por el art. 41 de la LOM, elevando el correspondiente proyecto de Ordenanza, si expedirme sobre el mérito, oportunidad o conveniencia;

Por ello; el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:  
 
 
ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.- Convalidar el convenio de cooperación en materia de asistencia técnica, provisión de tecnología y servicios para la seguridad vial, suscripto entre la Municipalidad de General Juan Madariaga y la Cámara de Empresas de Control y Administración de Infracciones de Tránsito de la República Argentina, obrante a fojas 140/145 del expediente administrativo n° 1109/18.-
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DIAS DELMES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.-
 
Registrada bajo el n° 2843/22.-