Ordenanza 2808/22 ref. Sparpaglione Ma Angélica – Sparpaglione Estela Maris ref. Sol. Subdivisión de Parcelas y Expte. del D.E. n° 2081/21 ref. Sol. Visado de Plano Mensura.-
- 11/08/2022
General Juan Madariaga, 11 de agosto de 2022.-
VISTO: Expte. del D.E. n° 481/21 Interno 8364 iniciado por Sparpaglione Ma Angélica – Sparpaglione Estela Maris ref. Sol. Subdivisión de Parcelas y Expte. del D.E. n° 2081/21 ref. Sol. Visado de Plano Mensura; y
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 11 de agosto de 2022;
Que se solicita el visado previo para la mensura y división de dos parcelas contiguas, que forman macizo sitas entre Calles 5, 8, 9, 6, 7 y 4 del Barrio San Martín, designadas catastralmente como Circ. I – Secc B – Qta. 44 – Parcelas 1b y 2;
Que de acuerdo a la Ordenanza de Zonificación nro. 2311/15, están ubicadas en la zona ZEE, con la particularidad de que ambas parcelas tienen frente a calle con servicios de Red de Agua Potable y Cloacas: la parcela 1b, tiene la posibilidad de conectarse a los servicios existentes sobre calle 6, y la Parcela 2, tiene la posibilidad de conectarse a los servicios de calle 7, por lo que se propone subdividir ambas parcelas, diferenciando los frentes a las calles servidas, utilizando los indicadores potenciales para la zona, de acuerdo a la Ordenanza nro. 2311/15;
Que la Secretaría de Obras y Servicios Públicos indica que en la relación a la cesión de espacios previstos por la ley, que realizan la cesión de calles y ensanches correspondientes, y que de acuerdo al cálculo realizado se estima que deben prever la cesión de una parcela destinada a Espacio Verde Libre y Público de 644 m2 de superficie como mínimo y los propietarios ofrecen ceder una parcela que supera ampliamente lo exigido;
Que atento existe sobre Calle 4 entre 7 y 5 la Planta de Bombeo de Desagües Cloacales, perteneciente a ABSA, en el Plano de Subdivisión proponen la creación de una parcela de dimensiones inferiores a las permitidas, la que cederían a ABSA a los efectos de reubicar la planta de bombeo, que actualmente ocupa parte del ensanche de calle previsto;
Que resulta necesario la creación de una parcela con las medidas espaciales mínimas para ser destinada a la reubicación de la Estación de Bombeo de Desagües Cloacales existente en el Barrio San Martín A;
Que de acuerdo a la Disposición 264/04 de la Dirección de Geodesia, es posible autorizar “subdivisiones en Áreas Urbanas o Complementarias en los casos de planos de carácter oficial confeccionados a fin de resolver situaciones particularizadas o proyectos especiales”;
Que obra dictamen de la Secretaría de Legal, Técnica y Administrativa recomendando su elevación al Honorable Concejo Deliberante en virtud de las facultades del decreto Ley 6769/58 y demás normas concordantes;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Autorizar la subdivisión de una parcela de 10 metros de frente y una superficie de 100 metros cuadrados en la Circ. I – Secc. B. – Quinta 44 – Parcela 1b y 2 con destino a estación de bombeo.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDOS.-
Registrada bajo el n° 2808/22.-