Ordenanza 2775/22 ref. Bonificación por Especialidad

  • 28/04/2022

General Juan Madariaga, 28 de abril de 2022.-
 
 
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 3116/21 Interno 8298 iniciado por la Secretaría de Gobierno ref. Bonificación por Especialidad; y
 
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 28 de abril de 2022;

Que la bonificación por especialidad complementa los haberes de los profesionales médicos y otros, encuadrados en los alcances de la ordenanza 1460/04;

Que la bonificación por especialidad se liquida bajo dos conceptos, de acuerdo a la carga horaria semanal de los profesionales, a saber, por jornadas de 24 hs. y 36 hs. semanales respectivamente;

Que los montos a ser liquidados serán oportunamente establecidos por el D.E. mediante acto administrativo a tal efecto;

Que es necesario convalidar lo actuado previamente por el D.E. respecto a la bonificación por Especialidad, y que obra a saber, en los actos administrativos Decretos 110/17, 234/18, 183/19, 208/20, 119/21;

 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 
ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.- Créase la bonificación por Especialidad en el marco de lo normado por la ordenanza 1460/04 y sus modificatorias.-
 
ARTICULO 2°.- La Bonificación por Especialidad contempla a aquellos profesionales que desempeñan funciones dentro de los alcances de la ordenanza 1480/04, y que cuentan con una carga horaria de 24 hs. semanales y 36 hs. semanales.-
 
ARTICULO 3°.-La Bonificación por Especialidad será liquidada y abonada por el D.E. mediante acto administrativo dictado a tal efecto.-
 
ARTICULO 4°.- Convalídar los Decretos del D.E. 110/17, 234/18, 183/19, 208/20, 119/21, mediante los que oportunamente se liquidó y abonó el concepto de Bonificación por Especialidad.-
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIDOS.-
 
Registrada bajo el n° 2775/22.-