O R D E N A N Z A N° 080/84 - Apertura de Calle Belgrano

  • 08/03/1984

ART.1°.- Declárase de Utilidad Pública la apertura de la prolongación de la calle Belgrano entre 9 de julio y 25 de mayo de esta Ciudad.- ART.2°.- Comunicar lo dispuesto en el Art. 1°, al Departamento de Recaudación y División Catastro a los fines correspondientes.- ART.3°.- Comuníquese al D.E. y al Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.-