O R D E N A N Z A N° 052/84 - Suspensión de Tasas

  • 08/03/1984

ART.1°.- Suspéndese durante el ejercicio del año 1984 la aplicación de la tasa diferencial establecida para los terrenos baldíos en el Capitulo I Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Publica - de la Ordenanza General Impositiva N° 038/84, las mismas tasas que corresponden a los terrenos edificados.- ART.2°.- Comuníquese al D.E. y al Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.-