O R D E N A N Z A N° 024/84

  • 08/03/1984

ART.1°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo a establecer un 2° anticipo para la tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, de $a. 9.64 por Ha., cuyo vencimiento operar el día 4 de mayo de 1984.- ART.2°.- Comuníquese al D.E. y al Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.-