ORDENANZA n° 220/86.- Modifica Ord. 196/86 Urbanización

  • 05/03/1986

VISTO: El Expediente N° 1087/86 elevado por el D.E. por el cual modifica los Art. 1° y 2° de la Ordenanza N° 196/86, y CONSIDERANDO: Que el D.E. funda éste proyecto en la necesidad de cambiar el emplazamiento del conjunto de 25 viviendas financiadas por el Banco Provincia y consecuentemente la denominación catastral, puesto el cambio que se efectuó con relación al propietario original, Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ART.1°.- Modifícase el Art. 1° y 2° de la Ordenanza N° 196/86, que quedarán redactados de la siguiente manera: Articulo 1°.- Desaféctese de la SASU 2 a la quinta catastrada como: Circunscripción I - Sección C - Quinta 110, en la hectárea delimitada por las calles Brasil, Chile, Cuba y prolongación calle Suiza.-------- Articulo 2°.- Créase en la quinta catastrada como Circunscripción I - Sección C - Quinta 110, en el sector delimitado según el artículo precedente, DISTRITO DE URBANIZACION ESPECIAL "U2" sujeto a las siguientes normas: a) Características especial para conjunto habitacional. b) Usos: Residencial. Se permitirá únicamente el cumplimiento comunitario requerido por las necesidades del conjunto habitacional. c) Indicadores: P.O.S. - 4 - F.O.T. - 0,8 - DENSIDAD NETA: 150 habitantes por hectárea - Altura máxima de edificación: Planta Baja y 1§ Piso ( 6m ) - Subdivisiones: en parcelas de 12 m de frente y 300 m2. de superficie y/o afectación del predio al régimen de Propiedad Horizontal, con las cesiones establecidas por Ley.- d) Tipología Edilicia: Deberá por diseñado como conjunto. El proyecto deberá contar con la aprobación de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.- e) Servicios esenciales: Energía eléctrica y alumbrado público, calles perimetrales y de acceso a las viviendas, mejoradas, servicio de agua corriente y cloacas.- ART.2°.- Comuníquese al D.E. y al H. Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.-