ORDENANZA n° 216/86.- Mod. Ord. General 355 - bonificación por antigüedad al personal superior

  • 05/03/1986

VISTO: El Expediente N° 1041/86 elevado por el D.E. proyecto de Ordenanza conteniendo bonificación por antigüedad al personal superior, y CONSIDERANDO: Que, al respecto, el D.E., que funda su proyecto en la Ley 10396/86, otorgó al término "Administración Pública en sentido amplio "lato sensu", como órgano del estado compuesto por una serie de organismos, que compren en general a la Nación o Estado General; a las Provincias; a las Comunas; y a todas las entidades jurídicas públicas o autárquicas y Empresas del Estado (cfr. CANAS I "DERECHO ADMINISTRATIVO", VOL. I, CAP. III, pag. 187 y ss.) En tal concepto estaría particularmente comprendidos también los Bancos oficiales de la Nación y de la Provincia de Buenos Aires; Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ART.1°.- Modifícase el articulo tercero de la Ordenanza General N° 355, el que quedar redactado de la siguiente manera: "Articulo 3°: El Personal Superior, no comprendido en ningún régimen estatutario, percibirá el sueldo que se determina para el cargo al que solo se le podrá adicionar lo que corresponda, en concepto de asignaciones familiares y adicional por antigüedad. El personal comprendido en este articulo percibirá en concepto de adicional por antigüedad por cada año de servicio en la Administración Pública, se trate de servicios Nacionales, Provinciales o Municipales, sobre el sueldo de cada uno de ellos el porcentaje establecido para el cargo de Director.- ART.2°.- Comuníquese al D.E. y al H. Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.-