ORDENANZA n° 215/86.-

  • 05/03/1986

VISTO: El Expediente N° 1082/86 del D.E. (Interno N° 189/86) conteniendo un Proyecto de Ordenanza que contiene mejoras salariales al personal municipal, y CONSIDERANDO: Que, el H. Cuerpo comparte en todo aquello que constituye una mejora al sector asalariado, sin dejar de tener en cuenta que también eso implica un recorte presupuestario para otras necesidades; Que, como consecuencia de algunos errores en la confección del proyecto debió este modificarse luego de formuladas las consultas al Departamento del área; Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ART.1°.- Establécese a partir del día 1° de octubre de 1986, un incremento del 9% (nueve por ciento) en las remuneraciones básicas y adicionales al personal municipal de la Planta permanente. ART.2°.- Fíjase a partir del día 1° de octubre de 1986, en 0,35 (AUSTRALES CERO TREINTA Y CINCO), el valor del módulo, conforme al cual se establecerán las retribuciones del personal municipal.- ART.3°.- Fíjase a partir del día 1° de octubre de 1986, en A 147 (AUSTRALES CIENTO CUARENTA Y SIETE), el sueldo básico mínimo para los agentes mayores de 18 años que cumplan horario normal completo de la Administración Municipal.- ART.4°.- Fíjase a partir del día 1° de octubre de 1986 en A 35. (AUSTRALES TREINTA Y CINCO), el adicional por refrigerio. ART.5°.- El gasto que demande la aplicación del presente incremento se imputará a las partidas respectivas del Presupuesto de Gastos 1986, financiando el aumento con las economías existentes en la Partida Crédito Adicional.- ART.6°.- Comuníquese al D.E. y al H. Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.-