ORDENANZA n° 209/86.- Aceptación de Donación

  • 05/03/1986

VISTO: el Expte. N° 0971/86 del D.E. (Interno N° 161/86) conteniendo proyecto de Ordenanza aceptando donaciones y préstamos a esta Municipalidad con destino al Museo del Tuyú, y CONSIDERANDO: Que el ofrecimiento pone de manifiesto la importancia cultural e histórica que le asignan los vecinos de éste partido el ente de creación; Que, teniendo en cuenta el valor que éste H. Cuerpo le otorga al asunto en consideración, razón por la cual resuelve su tratamiento sobre tablas, expresando al mismo tiempo el agradecimiento por nota a todos los oferentes; Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de las facultades que le son propias, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ART.1°.- Acéptase las donaciones y préstamos con destino al "Museo del Tuyú", que a continuación se detallan: DONACIONES: Carlos Madariaga Anchorena y Gloria Noguera de Coton Madariaga, un cuadro al óleo Dr. Carlos Madariaga, un cuadro de pertenencia del Dr. Carlos Madariaga, alusivo a la Primera Guerra Mundial y derrota de Alemania; un cuadro de exposición organizada por el Comité Franco Argentino de Personalidades de Francia; un plano del Partido de Gral. Madariaga del año 1907; una fotografía del Gral. Juan Madariaga; un cuadro de la Batalla de Caseros.- Juzgado de Paz Letrado de General Madariaga: dos rifles antiguos sin marca visible; una daga con marca "La Movediza" en su hoja; dos rebenques y cuarenta y tres cuchillos, algunos con vaina, todo en regular estado de conservación.- Isabel Estela Alcuaz: una silla de thonet que perteneciera al Presidente don Hipólito Yrigoyen.- Héctor Martín: una balanza de mano.- Griselda Alemani: una tarro lechero, una olla de hierro y una espuela.- Maria Eijo de Serrano: una máquina de coser Singer de mano.- Alberto Phoyú: una perforadora antigua.- PRESTAMOS: Susana López de Guevara: un candelabro austríaco de bronce; un acolchado traído del Líbano, tejido en telar y bordado a mano.- José Andere: un mortero de mármol traído del Líbano; un mortero de madera.- ART.2°.- Comuníquese al D.E. y al H. Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS.-