Registrada bajo el N° 286/87

  • 05/03/1987

General Juan Madariaga, 6 de noviembre de 1987.- VISTO: Que por Expte. n° 813/87 del D.E. (Interno 535), se elevó un proyecto de Ordenanza autorizando al D.E. a suscribir un convenio con el Bco. Hipotecario Nacional para la construcción de cincuenta viviendas, y CONSIDERANDO: Que analizado sobre tablas en la Sesión de Prórroga del día 5 de noviembre de 1987 fue aprobado por unanimidad; Que asimismo por el mismo proyecto se afecta un predio destinado a la construcción del conjunto habitacional a la operatoria del Bco. Hipotecario Nacional, cumpliéndose la gestión administrativa prevista en la Ley Orgánica de las Municipalidades en cuanto a aceptar y transferir bienes; Por ello, en uso de sus facultades el H.C.D. sanciona con fuerza de : O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Autorizase al D.E. a suscribir con el Bco. Hipotecario Nacional el Convenio de Financiación para la Construcción de 50 viviendas, de acuerdo a la reglamentación de la Operatoria REACTIVACION - Variante II.- ARTICULO 2°.- A los efectos de afectarlo a la Operatoria señalada en el articulo 1°, acéptase la transferencia del dominio del predio catastrado como "Circunscripción I - Sección B - Quinta 42 - Parcela 2" a favor de la Municipalidad, por parte de la Empresa ANGEL LALLO S.A. sin cargo alguno.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.-