Registrada bajo el N° 268/87

  • 05/03/1987

General Juan Madariaga, 13 de agosto de 1987 VISTO: El Expte. n° 576/87 del D.E. (Interno 460) por el cual se eleva Proyecto de Ordenanza ampliando partidas del Presupuesto de Gastos, y CONSIDERANDO: Que el despacho producido por la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue examinado en la Sesión Especial del H.C.D., siendo aprobado por unanimidad; Que no obstante ello, se dejó expresa constancia de que compete manifestar al D.E. la preocupación derivada de la falta de elevación del Presupuesto de Gastos para el ejercicio en curso, por lo que se reiteró la solicitud de que se concrete cuanto antes la pertinente confección de dicho presupuesto; Por ello, en uso de sus facultades el H.C.D. sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Amplíase el crédito de las siguientes partidas del presupuesto de Gastos vigente: FINALIDAD I HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE 1.3. Bonificación por antigüedad A 300 1.4. Adicional por refrigerio A 300 1.7. Aporte patronal al I.O.M.A. A 700 4. Aporte patronal al FO.NA.VI. A 1.700 7. Aporte Patronal al I.P.S. A 2.000 A 5.000 FINALIDAD I ADMINISTRACION GENERAL 1.1.2.7. Propaganda y Publicidad A 1.500 A 1.500 FINALIDAD II 1.1.2.8. Racionamiento y alimentos A 3.000 1.1.2.14.3. Gastos generales varios A 1.000 FINALIDAD III 1.1.2.10. Utiles, libros impresiones y encuadernaciones A 2.000 2.5.2.2. Refacción Corralón Municipal y otros A 16.000 2.5.2.9. Cordón cuneta A 10.000 2.5.2.13. Nichos y urnas A 10.000 A 38.000 FINALIDAD V BIENESTAR SOCIAL 1.1.26. Gastos por Servicios Públicos A 500 1.3.1. Subsidios a Entidades del S. Publico A 2.500 TOTAL A 3.000 ARTICULO 2°.- Las ampliaciones del articulo anterior se financiarán con las economías de las siguientes partidas: FINALIDAD III - SERVICIOS ESPECIALES URBANOS 2.5.2.6. Construcción jardín de infantes y guardería A 3.600 2.5.2.10. Iluminación en calles de la ciudad A 36.000 SUB TOTAL A 39.600 1.4.1. Crédito adicional A 11.900 TOTAL A 51.500 ARTICULO 3°.- Créanse las siguientes partidas del presupuesto de gastos FINALIDAD I HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE 1.1.1.3.1.1. Reemplazos A 400 1.1.1.3.7. Licencias no gozadas A 300 TOTAL A 700 ARTICULO 4°.- Las creaciones realizadas en el articulo 3° se financiarán con economías de la partida 4.1. Crédito Adicional por A 700.- ARTICULO 5°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS DOCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.-