Registrada bajo el N° 258/87

  • 05/03/1987

General Juan Madariaga, 3 de julio de 1987 VISTO: El Expte. n° 519/87 del D.E. (Interno 430) se elevó un Proyecto de Ordenanza por el cual se crea la Partida I.I.I.3.5.10 COMPLEMENTO REMUNERATIVO para la imputación del gasto que demande la aplicación de los incrementos de remuneraciones; y CONSIDERANDO: Que tratado sobre tablas en la Sesión Ordinaria del día 2 de julio de 1987, fue aprobado por unanimidad, no obstante lo cual este Cuerpo Deliberativo sugiere al D.E. y le recomienda la pronta confección del pertinente proyecto de Presupuesto, que entiende evitar situaciones que no cuadran específicamente en los casos que se plantean;; Por ello, en uso de sus facultades el H.C.D. sanciona con fuerza de : O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Créase la Partida 1.1.1.3.5.10 - COMPLEMENTO REMUNERATIVO, en el Presupuesto de Gastos vigente: FINALIDAD I - ADMINISTRACION GENERAL....................A 4.590.- FINALIDAD II - ITEM I - HOSPITAL MUNICIPAL..............A 11.136.- FINALIDAD II - ITEM II - BROMATOLOGIA...................A 480.- FINALIDAD III - ITEM I - OBRAS..........................A 900.- FINALIDAD III - ITEM II - SERVICIOS ESPECIALES URBANOS..A 4.950.- FINALIDAD IV - ITEM III - INFRAESTRUCTURA VIAL..........A 2.520.- FINALIDAD V - BIENESTAR SOCIAL..........................A 450.- TOTAL................A 25.026.- ARTICULO 2°.- Las ampliaciones precitadas en el articulo 1°, se financiarán con la Partida CREDITO ADICIONAL, por A 25.026.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS DOS DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE.-