Registrada bajo el N° 428/89.-

  • 16/02/1989

General Juan Madariaga, 20 de octubre de 1989.- VISTO: El Expediente 616/89 Interno 1036, referente a solicitud de ampliación del plazo de cesión de terreno a la Asociación Cooperadora de la Escuela N° 8, y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 19 de octubre de 1989; Que conforme las constancias del presente se demuestra la imposibilidad de cumplir con los planos del articulo 3 de la Ordenanza 264/87 por causas no imputables a la Cooperadora, encontrándose en trámite la solicitud de la realización de las obras; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Prorrogase por el termino de dos años a contar desde la fecha de su vencimiento, el plazo establecido por el art. 3 de la Ordenanza n° 264/87.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.-