Registrada bajo el N° 427/89.-

  • 16/02/1989

General Juan Madariaga, 20 de octubre de 1989.- VISTO: El Expediente 381/89 Interno 968, sobre Convenio PROCASA 3, y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 19 de octubre de 1989; Que por un tramite anterior, expediente 1238/88, interno 889, se autorizó la subdivisión del terreno destinado a este convenio, como también se renovó la donación del mismo, con cargo, hecha oportunamente al Instituto de la Vivienda; Que el citado convenio continua la serie de ejecuciones ya iniciada a través de los convenios Procasa I, y II; Que están dadas las condiciones para la concreción de los objetivos propuestos en el convenio; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Ratifícanse los convenios suscriptos con el I.V.B.A. para la concreción de 23 (VEINTITRES) y 9 (NUEVE) viviendas respectivamente en el Partido de General Juan Madariaga.- ARTICULO 2°.- Facultase al D.E. a efectuar las adecuaciones presupuestarias que fueren menester, a los efectos de los convenios señalados en el articulo primero.- ARTICULO 3°.- Autorizase al D.E. a reglamentar el sistema de reintegro de crédito a afectar a la construcción de cada unidad de vivienda por parte de los beneficiarios, mediante garantía hipotecaria y con un plazo de amortización de veinte (20) años.- ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As. regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.-