Registrada bajo el N° 479/90.-

  • 07/02/1990

General Juan Madariaga, 6 de julio de 1990.- VISTO: El Expediente del D.E. 0509/90 Interno 1315, sobre aumento salarial a partir del 1° de junio de 1990, y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 5 de julio de 1990; Que el proyecto elevado por el Departamento Ejecutivo, propone un incremento salarial del 22%; Que el mismo tiende a recuperar en algo el poder adquisitivo de los empleados municipales; Que no sería el monto adecuado para satisfacer totalmente las necesidades de los empleados, pero dentro de las posibilidades financieras del Municipio es el máximo a otorgar; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Otórgase un incremento al Personal Municipal de Planta Permanente y Temporaria de un veintidós por ciento (22%) en las remuneraciones básicas y adicionales, con retroactividad al 1ø de junio de 1990.- ARTICULO 2°.- Fijase con retroactividad al 1ø de junio de 1990 en Australes 720.360 (AUSTRALES SETECIENTOS VEINTE MIL TRESCIENTOS SESENTA) el Sueldo Básico Mínimo.- ARTICULO 3°.- Fijase con retroactividad al 1ø de junio de 1990, el valor Módulo en A 621 (AUSTRALES SEISCIENTOS VEINTIUNO).- ARTICULO 4°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las transferencias necesarias a las partidas de gastos de personal como consecuencia de la implementación de la presente con economías de la Partida CREDITO ADICIONAL.- ARTICULO 5°.- Déjase establecido que el presente incremento será previsto en el Presupuesto 1990.- ARTICULO 6°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As., regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS CINCO DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.-