Registrada bajo el N° 471/90.-

  • 07/02/1990

General Juan Madariaga, 8 de junio de 1990.- VISTO: Que por Expediente del D.E. 304/89 Interno 945, se elevó un proyecto de Ordenanza autorizando al D.E. a suscribir convenio con el Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del día 7 de junio de 1990; Que se respondió a las inquietudes planteadas oportunamente; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Autorizase al D.E. a suscribir con el Ministerio de Salud y Acción de la Nación, un convenio para la concreción del Proyecto "EVITEMOS LOS NIÑOS EN LA CALLE", presentado al Programa "CHICOS DE LA CALLE", de acuerdo a lo establecido en el convenio que se adjunta que obra como anexo 1 de la presente Ordenanza.- ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As., regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS SIETE DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.-