Registrada bajo el N° 449/90.-

  • 07/02/1990

General Juan Madariaga, 5 de enero de 1990.- VISTO: Que por Expediente del D.E. n° 965/89, Interno del HCD n° 1162/90, se elevó un proyecto de Ordenanza referente al Convenio suscripto entre la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Gral. Madariaga, sobre distribuido de los fondos de las estaciones de Peaje; y CONSIDERANDO: Que girado por la Presidencia a las distintas Comisiones a quienes competen actuar, produjo despacho la Comisión Interpretación, Reglamento y Concesiones, en tanto y en cuanto las restantes se pronunciarán en base a lo estatuido en el artículo segundo de la presente, habiéndose estimado urgente ratificar el Convenio por las precisiones de su artículo octavo; Que el aludido despacho fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria del día 5 de enero de 1990; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Ratificase el convenio firmado entre la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires con el Departamento Ejecutivo, de acuerdo a lo que se establece en el modelo que se adjunta, referido a la distribución del importe neto de los fondos que se liberen a través de la recaudación de las estaciones de Peaje.- ARTICULO 2°.- El plan de trabajos a inversiones y/o servicios y/o suministros a que se refiere el artículo tercero del convenio que se ratifica, se sujetará a la aprobación de la correspondiente Ordenanza que se modificará a ese efecto.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Bs.As., regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS CINCO DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.-