Registrada bajo el N° 591/92.-

  • 06/02/1992

General Juan Madariaga, 7 de agosto de 1992.- VISTO: Que por Expediente del D.E. n° 576/92 Interno 1844, se elevó un proyecto de Ordenanza incrementando en un 10% las remuneraciones del Personal Municipal, y CONSIDERANDO: Que el despacho de la Comisión de Hacienda y Presupuesto fue aprobado por mayoría en la Sesión Ordinaria del día 6 de agosto de 1992; Que conforme a las actuaciones anexas, se ha informado sobre las dificultades financieras y económicas por las que atraviesa esta Comuna, para otorgar un aumento superior al proyectado originalmente, ello hasta tanto pueda encuadrarse globalmente en el Presupuesto para el corriente año 1992; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Otorgase un incremento al Personal Municipal de Planta Permanente y Temporaria de un 10% (diez por ciento) en las remuneraciones básicas y adicionales con retroactividad al 1! de julio de 1992.- ARTICULO 2°.- Fijase con retroactividad al 1° de julio de 1992, en $ 201,84 (PESOS DOSCIENTOS UNO CON OCHENTA Y CUATRO) el Sueldo Básico Mínimo.- ARTICULO 3°.- Fijase con retroactividad al 1ø de julio de 1992, el valor módulo en $ 0,174.- ARTICULO 4°.- Modificase la asignación por Asistencia Perfecta estableciéndose en 175 módulos a partir del 1° de julio de 1992.- ARTICULO 5°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las transferencias necesarias a las Partidas de Gastos de personal como consecuencia de la implementación de la presente, con economías de la Partida Crédito Adicional.- ARTICULO 6°.- Déjase establecido que el presente incremento será previsto en el Presupuesto 1992.- ARTICULO 7°.- Déjase constancia que se mantiene la vigencia de la Bonificación de $ 40 establecida por la Ordenanza n° 553/92, hasta la sanción del Presupuesto año 1992, en el cual deberá incorporarse a los sueldos básicos.- ARTICULO 8°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS SEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-