Registrada bajo el N° 570/92.-

  • 06/02/1992

General Juan Madariaga, 23 de marzo de 1992.- VISTO: El Expediente del D.E. n° 098/92, Interno 1681, referente a modificación del artículo 2° de la Ordenanza 49/84 en lo concerniente a circulación de vehículos y automotores por la calle Saavedra, y CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Comisión de Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria del día 20 de marzo de 1992; Que la modificación propuesta en cuanto al sentido de circulación se fundamentaron en las circunstancias que el D.E. expone a fojas 1, no obstante lo cual se modificó la redacción del texto original; Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de: O R D E N A N Z A ARTICULO 1°.- Modificase el artículo 2° de la Ordenanza n° 49/84, estableciendo sentido único de circulación vehicular de Sur a Norte en la calle Saavedra, desde Uruguay hasta la calle Zubiaurre.- ARTICULO 2°.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior y lo establecido por el artículo 6° de la Ordenanza n° 49/84, la calle Saavedra tendrá doble sentido de circulación en todo el resto de su extensión.- ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H.C.D. A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-