Ordenanza 1082/99 Ref. Construcción Red de Distribución Gas en Gral. Madariaga.-

  • 04/02/1999

Gral. Juan Madariaga, 4 de febrero de 1999.-

VISTO: El expte. del D.E. n° 1526/98 Interno 3606/98 ref. Construcción Red de Distribución Gas en Gral. Madariaga, y

CONSIDERANDO:

                              Que dicho expediente fue tratado sobre tablas y aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria realizada el pasado 4 de febrero de 1999, en el recinto del Honorable Concejo Deliberante;

                              Que conforme surge de las adhesiones agregadas por separado, se ha dado cumplimiento a las normas vigentes, (art. 132 inc. C de las Ley Orgánica de las Municipalidades), lo que posibilita instrumentar la modalidad de contratación propuesta;

                               Que el presupuesto de la obra responde a los valores de plaza, conforme surge del dictamen de fojas 6 emitido por el Ente Provincial Regulador Energético;

Por todo ello, este H. Cuerpo en uso de sus facultades sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°.- Autorizase la realización de la obra de Ejecución de Distribución de la Red Gas Natural en la Planta Urbana de la ciudad de Gral. Madariaga a través de la cooperativa de Provisión de Energía Eléctrica y Otros Servicios Públicos de General Madariaga Ltda. de conformidad a lo prescripto por el articulo 132 inc. C. de la Ley Orgánica de la Municipalidades.-

ARTICULO 2°.- Dejase establecido que el Departamento Ejecutivo y la C.O.E.M.A. Ltda. deberán realizar los tramites correspondientes ante los organismos competentes y la Distribuidora Camuzzi Gas Pampeana S.A., a los efectos de cumplimentar con la legislación vigente que posibilite la concreción de la obra bajo la modalidad del articulo 1 de la presente ordenanza.-

ARTICULO 3°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir la documentación pertinente y necesaria para el cumplimiento de los extremos determinados en el articulo que antecede.-

ARTICULO 4°.- Establécese el costo de la obra en la suma de $ 2.264.794,63 en un todo conforme los antecedentes de las actuaciones n° 1526/98.-

ARTICULO 5°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires, regístrese y archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-

Registrada bajo el n° 1082/99.-