Ordenanza 2590/19 Ref. iniciado por el Presidente de FAE sol. Habilitación municipal


General Juan Madariaga, 12 de septiembre de 2019.-
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 994/19 Interno 7872 iniciado por el Presidente de FAE ref. sol. Habilitación municipal; y
 
CONSIDERANDO:

Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 12 de septiembre de 2019;

Que habiendo estudiado la solicitud de la Asociación Civil Fe, Amor y Esperanza (FAE), que solicita la habilitación del salón de eventos construido en su predio, se evaluaron las distintas posibilidades para dar curso favorable a lo solicitado;

Que en la misma evaluación del cuadro de uso, anexo f de la ordenanza 2311/15 y sus modificatorias, surgieron otras correcciones y agregados acordados con la Secretaría de Obras Públicas;

Que es opinión de este Honorable Cuerpo que el cuadro de uso es una herramienta dinámica que debe atender las distintas realidades, que se vayan haciendo presentes en la medida de su ejecución;
 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Modifíquese el Anexo III, contemplado en el articulo 3° de la ordenanza 2311/15 por el anexo que se encuentra en la presente ordenanza.-
 
ARTICULO 2°.- Deróguese toda norma que se oponga a la presente.-
 
ARTICULO 3.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese. -
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE.-
 
Registrada bajo el n° 2590/19.-