Ordenanza 2552/2018 Ref.Proyecto Fiscal Impositiva 2019


General Juan Madariaga, 26 de diciembre de 2018.-
VISTO: Expte. del D.E. n° 4310/18 Interno 7787 iniciado por la Directora de Finanzas ref.
Proyecto Fiscal Impositiva 2019; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Preparatoria del 18 de diciembre de 2018 fue aprobada por
mayoría con voto doble de Presidencia, en la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes
celebrada el pasado 26 de diciembre de 2018;
Que la Directora de Finanzas Municipal ha elaborado el Proyecto de
Ordenanza Fiscal e Impositiva que contempla la actualización y el ordenamiento de la misma;
Que la Asesoría Legal, Técnica y Administrativa emitió el dictamen favorable
correspondiente;
Que conforme al art. 109 de la L.O.M. corresponde al D.E. proyectar la
ordenanza fiscal e impositiva remitiéndola al H.C.D. para su tratamiento;
Que el art. 193 inciso 2 de la Constitución Provincial establece su tratamiento
al H.C.D. conjuntamente por la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes;
Que la aprobación de la misma nos permite contar con un texto ordenado
completo para los contribuyentes, lo que les permitirá conocer exactamente las normas vigentes;
Que en el Capitulo VIII, con motivo de la rescisión del contrato de concesión
del servicio público de disposición y tratamiento de residuos sólidos urbanos, que a partir del 2019
deberá asumir directamente el municipio, se rediseñó el tratamiento de la tasa por introducción de
residuos desde otros partidos que serán percibidos directamente de los municipios que los originan
y la tarifa a percibir por su disposición;
Que se incorpora dentro de las tasas especiales de Inspección de seguridad e
higiene a las agencias de quiniela, la tasa por inspección, control y seguimiento en planes de
desarrollo urbanístico y la contribución de mejoras de zona comercial ruta 11;
Que se establece una bonificación del 10% en Tasa por control de marcas y
señales en toda operación a aquellos productores que se hayan acogido al Programa de Control de
Enfermedades Venéreas;
Que en cuanto al proyecto de ordenanza impositiva de fs. 55 a 97, que viene a
sustituir la ordenanza 2479/17 actualmente vigente, establece variaciones en los montos o
porcentajes de las alícuotas correspondientes a los distintos derechos, tasas y contribuciones, que
responden al incremento de costos de servicios y al aumento generalizado de precios que exigen
una adecuación de gravámenes para atender el desenvolvimiento municipal;
Que el Proyecto de Ordenanza en orden general prevé un incremento
promedio de alrededor del 38% respecto del año anterior; que se corresponde con la variación de los
costos y los servicios que brinda el Municipio, permitiendo así cumplir con los Programas y Planes
de Gobierno;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona
con fuerza de:
ORDENANZA
CAPITULO I
TASA POR SERVICIOS GENERALES