Ordenanza 2517/18 Ref. Licitación privada para la compra de gas oil

  • 28/06/2018

General Juan Madariaga, 28 de junio de 2018.-
 
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 1284/18 Interno 7669 iniciado por Sec. de Servicios Generales ref. Sta. Compra de Gas oil; y
                                                    
CONSIDERANDO:
Que tratado sobre tablas fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 28 de junio de 2018;
Que, de acuerdo al Acta de Apertura obrante a fs. 49, se recibió como única oferta la presentada por la Red de Servicios Rurales S.R.L.;
Que, la Comisión de Pre – Adjudicación Municipal (fs. 84) analizó la oferta, e informa que la empresa Red de Servicios Rurales S.R.L. cumple con los requisitos y cotiza por un valor de 1.210.000 (un millón doscientos diez mil) por 50.000 litro de gas oil Shell, excediendo el presupuesto oficial. Pero si se contara con crédito presupuestario suficiente, la Comisión estima conveniente a los intereses municipales adjudicar la compra a la única empresa cotizante;
Que, a fs. 85 y vta. el Secretario de Legal, Técnica y Administrativa dictamina que desde el punto de vista legal debiera elevar la propuesta al Honorable Concejo Deliberante en virtud de lo dispuesto en el articulo 155 del Decreto Ley 6769/59 (Ley Orgánica de las Municipalidades) para autorizar la adjudicación de la Licitación Privada 6/18 para la adquisición de 50.000 litros de combustible Shell a la firma Red de Servicios Rurales S.R.L. en la suma de $ 1.210.000, previa conformidad del área contable;
Que, a fs. 86/89 obran informes contables informando que se desprende de los actuados que la adquisición de esta cantidad de litros permitirá abastecer al Municipio por 45 días, y teniendo en cuenta la volatilidad del valor del combustible y que la oferta difiere en un valor bajo al valor de referencia actual, creemos que sería conveniente, la aceptación de la misma, congelando el precio para el abastecimiento;
Que, en atención a lo dispuesto en el articulo 155° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Reglamento de Contabilidad, se establece que por tratarse de una única oferta se debe solicitar autorización para su aceptación al Honorable Concejo Deliberante;
 
Por todo ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 
ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.- Autorízase al D.E. a adjudicar la Licitación Privada nro. 6/18 para la compra de 50.000 litros de gas oil, a la única oferta presentada por la firma Red de Servicios Rurales S.R.L. por un valor de 1.210.000 (pesos un millón doscientos diez mil).-
 
 
 
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO.-
 
Registrada bajo el n° 2517/18.-