Ordenanza 2496/18 Ref. reest. y ordenamiento del estacionamiento del Hospital Municipal

  • 12/04/2018

General Juan Madariaga, 12 de abril de 2018.-
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 2205/17 Interno 7599 ref. Proyecto de reest. y ordenamiento del estacionamiento; y
 
 CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por mayoría con voto doble de Presidencia, en la Sesión celebrada el pasado 12 de abril de 2018.-
Las actuaciones iniciadas por la Secretaría de Salud a través del expte. Municipal n° 2205/17 por el cual solicita la reestructuración física y funcional del área de estacionamiento público ubicado en el frente de su edificio, con ingreso y egreso desde las calles 21 y Av. Buenos Aires;
Que el volumen de pacientes y trabajadores de la salud que se movilizan hasta el hospital en vehículos, es de un volumen que no se puede soslayar;
Que existe espacio suficiente para ordenar y mejorar las actividades de estacionar y/o circular en forma ordenada y segura;
Que esta remodelación eleva las prestaciones y servicios al peatón que acude con dolencias o discapacidades, haciéndolo de accesibilidad universal;
Que se cuenta con la asistencia del Programa Nacional PROSIIS;  quien proveería 24 pallets de pavimento intertrabado para materializar esta solicitud;
Que los materiales restantes y la mano de obra para su ejecución podrían obtenerse del Presupuesto de Gastos vigente;
Que el articulo 24°, 25°, y 27° inciso 24 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (LOM) faculta al H.C.D. a aprobar las obras como las planteadas en el presente expediente;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Apruébese la reestructuración general del estacionamiento público del Hospital Municipal, ubicado en el retiro del frente con ingreso y egreso a la Av. Buenos aires  y a  la calle 21, tanto en su diagramación como así en los materiales y elementos de equipamiento general.-
 
ARTICULO 2°.-  El gasto que demanden la realización de la reestructuración planteada, será devengado del presupuesto de Gastos vigente.-
 
ARTICULO 3°.- El precitado costo se imputará a la Jurisdicción 11.01.04.000 Sec. de Salud – Programa 16.00.00 Atención Médica Primaria y Asistencial – Fuente de Financiamiento 131 (Fondos afectados de Origen Municipal SAMO) – 4.2.2.0. Construcciones de Bienes de Dominio Público.-
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO.-
 
Registrada bajo el n° 2496/18.-