Ordenanza 2487/18 Ref. meses adeudados - PAMI


General Juan Madariaga, 1° de marzo de  2018.-
 
 
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 1990/17 Interno 7575 ref. meses adeudados  - PAMI , y
 
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones y Hacienda y Presupuesto fue aprobado por unanimidad en la Sesión Extraordinaria celebrada el pasado 1° de marzo de 2018;
Que las mencionadas actuaciones dieron lugar a la sanción por el H. Concejo Deliberante de la Ordenanza n° 2476/2017 que fuera promulgada por Decreto n° 2024 del 22 de diciembre de 2017;
Que dicha Ordenanza dispuso  convalidar el Convenio suscripto entre la Municipalidad y el Círculo Médico de General Madariaga estableciendo la determinación de la deuda municipalidad por participación en los pagos efectuados por el Programa de Asistencia Médica Integral (PAMI) correspondientes a la prestación de servicios profesionales en el Hospital Municipal entre los meses de noviembre de 2013 a abril de 2015, en virtud de lo dispuesto por Ordenanza n° 1061/98 y convenio celebrado con fecha 20 de enero de 2001, por un total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TRES con CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 774.303,44);
Que la determinación indicada permitía desafectar del destino señalado previsiones del Presupuesto de Gastos 2017 por la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL SIETE  con CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ( $ 800.007,44) que excedía el compromiso asumido para cancelar la deuda reconocida en la ordenanza;
Que como advierte la Sra. Contadora Municipal a fojas 28, si bien en los considerandos de la ordenanza se consignó la suma anteriormente indicada que correspondía a las previsiones por desafectar, en el texto del articulo 4° de la ordenanza n° 2476/17  por error de tipografía se fijó erróneamente la cantidad de $ 807,000,44, que es necesario corregir;
Que para subsanar el error advertido;
 
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
 
ORDENANZA
 
 
ARTICULO 1°.- Subsánase el error deslizado en el articulo 4° de la Ordenanza n° 2476/2017 que fuera promulgada por Decreto del Departamento Ejecutivo n° 2024 de fecha 22 de diciembre de 2017, dejando establecido  que la suma correcta a desafectar de la previsión destinada a cancelar la deuda con el Círculo Médico de General Madariaga en el Presupuesto de Gastos 2017 es la cantidad de PESOS OCHOCIENTOS MIL SIETE  con CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS ( $ 800.007,44), que excede el compromiso asumido para cancelar la deuda  reconocida en dicha ordenanza.-
 
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS UN DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DIECIOCHO.-
 
Registrada bajo el n° 2487/18.-