Ordenanza 2454/17 Ref. Créase sitio web municipal llamado “Que estudiar en Madariaga”


General Juan Madariaga 24 de agosto de 2017.-
 
VISTO: Expte. Interno 7452 iniciado por el Bloque Frente Renovador ref. Créase sitio web municipal llamado “Que estudiar en Madariaga”; y
 
CONSIDERANDO:
                                  
Que el Despacho de la Comisión de Interpretación, Reglamento y Concesiones fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 24 de agosto de 2017;
La necesidad de las Instituciones Educativas Estatales  de nuestro distrito de promover las carreras Terciarias, y de los Centros de Formación Profesional;
 
Que es deber del gobierno local promocionar, difundir y dar a conocer a la ciudadanía las ofertas educativas de los Institutos Superiores de Formación Docente y Técnica y de los Centros de Formación Profesional que hay en nuestro distrito para que la ciudadanía tenga acceso a la información.
           
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
  ORDENANZA

ARTICULO 1°: Crease un  apartado en el sitio Web Municipal llamado “Que estudiar en Madariaga” donde  cada Institución Educativa, entiéndase ISFD y-/ o técnica y/o artísticas, cada centro de Formación Profesional deberá enviar cada año a la Secretaria de Cultura, Turismo y Educación del Municipio de Gral. Madariaga las ofertas académicas aprobadas para el año siguiente para su oportuna publicación.-
 
ARTICULO 2°: Crease un apartado en el sitio web municipal www.madariaga.gob.ar  con el logo de las Instituciones públicas provinciales  del distrito.
 
ARTICULO 3° Accediendo al logo de cada Institución deberá constar con las ofertas educativas, y el detalle de cada una de las carreras aprobadas por el Concejo Regional de Directores y la Dirección de Educación Superior, colocando el sitio web de cada institución si lo tuviese.
 
ARTICULO 4º: El Municipio de Gral. Madariaga se encargara de promocionar las ofertas  educativas distritales en los medios gráficos, televisivos, radiales y en las diferentes áreas del municipio por medio de folletería para que la ciudadanía tenga conocimiento.
 
 ARTICULO 5º: La secretaría de Cultura Turismo y Educación, se encargara de difundir las carreras entre los distritos vecinos y  el todo evento que surja una vez aprobadas las mismas.
 
ARTICULO 6º: Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE.-
 
Registrada bajo el n° 2454/17.-