Ordenanza 2430/17 Ref. Derivador Illia y Pellegrini


                                                                                                                            General Juan Madariaga 8 de junio de 2017.-
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 511/17 Interno 7392 ref. Derivador Illia y Pellegrini; y
 
CONSIDERANDO:
Que el Despacho de las Comisiones de Interpretación, Reglamento y Concesiones, Hacienda y Presupuesto y Tierras, Obras y Servicios fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria celebrada el pasado 8 de junio de 2017;
Que la realización de estas obras viales conlleva fluidez del tránsito y del transporte de bienes y personas en forma ordenada y segura;
Que el decreto ley n° 8912, en su articulo 12°, recomienda el adecuado diseño de la trama circulatoria, teniéndose como objeto la vinculación e integración de las distintas partes de la ciudad en la forma mas segura y eficiente, diferenciando las circulaciones vehiculares de las peatonales;
Que la obra planteada se ejecutaría en el espacio público del cruce de calles cedidas, abiertas y consolidadas, las cuales constituyen Bienes del Estado Municipal por definición del Código Civil y Comercial en su Articulo 235, Inciso “f”, por lo que se puede disponer del mismo dado que esta intervención sería legítima, legal y oportuna realizarla;
Que planteada la problemática ante las autoridades provinciales del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, las mismas han dado el apto técnico y financiero para su realización, habiéndose considerado destinar en beneficio de esta obra, la suma de $ 4.736.100 teniendo carácter de subsidio no retornable en favor de este partido y para este único fin según consta en fojas 5/8 del expediente de referencia;
Que, a fojas n° 9 a 12 la Secretaría de Hacienda y la Secretaría Legal y Técnica han emitido Dictamen favorable, sujeto a la aprobación del H.C.D.;
Que según lo establece la Ley Orgánica de las Municipalidades en su articulo 27°, incisos 2° y 18°, es atribución del Honorable Concejo Deliberante de General J. Madariaga, autorizar este tipo de obras ubicadas en el espacio público que generan las calles enunciadas en el visto;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de:
 
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las tareas y gestiones necesarias, con el fin de materializar un derivador de tránsito en la intersección de tránsito de las calles Carlos Pellegrini, Arturo Illia y Calle 8 de nuestra ciudad,.-
ARTICULO 2°.- El gasto que demande la obra, será imputado a la Jurisdicción 111.01.03.000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Programa 51.94.00 PLAN DE OBRAS MUNICIPALES – DERIVADOR VIAL PARA 3 CALLES ILLIA PELLEGRINI – fuente de financiamiento 132, fondos afectados de origen provincial – fondo de infraestructura, por la suma de $ 4.736.100.-
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As. Regístrese y archívese.-
 
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS OCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECISIETE.-
 
Registrada bajo el n° 2430/17.-