Ordenanza 2425/17 Ref. Convenio con IVBA por 70 viviendas en Quinta 143


                                                                                                                    General Juan Madariaga, 11 de mayo de 2017.-

VISTO
: Expte. del D.E. n° 1512/17 Interno 7384 ref. Convenio con IVBA por 70 viviendas en
Quinta 143; y
CONSIDERANDO:
Que tratado sobre tablas fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria
celebrada el pasado 11 de mayo de 2017;
Que el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires ha aceptado
la posibilidad de financiar la construcción de 70 viviendas sociales en la Circ. I; Secc. C; Qta. 143;
Parc. 1 y 2 de esta localidad;
Que esta decisión ha sido plasmada en la Disposición n° 007/17 del IVBA, la
cual otorga la factibilidad técnica condicionada entre otras cosas, a la homologación de este H.C.D.,
referido al Convenio entre la Municipalidad de General Juan Madariaga y el Instituto de la
Vivienda de la Provincia de Buenos Aires;
Que la interrelación de este Municipio aportando las tierras y la operatividad
de llevar adelante esta obra, conllleva dar satisfacción a la demanda habitacional del Partido;
Que analizada la documentación obrante en el Expediente del D.E. n°
1512/17 ref. “Convenio entre el Instituto de la Vivienda y la Municipalidad”, el mismo cumple de
forma y de fondo con las demandas y operatorias en esta materia, no habiendo observaciones que
realizar desde las distintas comisiones de este H.C.D.;
Que es atribución de este H.C.D. según lo establece la Ley Orgánica de las
Municipalidades, homologar convenios que obligan al Municipio con terceras partes;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones
sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Instituto de la Vivienda
de la Provincia de Buenos Aires el Convenio correspondiente a la construcción de 70 viviendas de
Interés Social a erigir en el bien catastrado como Circ. I; Secc. C, Qta. 143; Parc. 1 y 2 del Barrio
Belgrano de esta localidad, obrante a fs. 8/10 del Expediente 1512/17.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As.
Regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS
ONCE DIAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL DIECISIETE.-
Registrada bajo el n° 2425/17.-