Ordenanza 2416/17 Ref. Adquisición de vehículos


General Juan Madariaga, 6 de marzo de 2017.-
 
VISTO: Expte. del D.E. n° 4046-069/16 Interno 7344, ref. Adquisición de vehículos; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Preparatoria del 20 de febrero de 2017 fue aprobada por
mayoría en la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes celebrada el pasado 6 de marzo
de 2017;
Los Expedientes n° 1258/16, 1481/16, 1529/16 y 1541/16 referidos a la
solicitud de autorización efectuado por el Departamento Ejecutivo a este Honorable Cuerpo para
contraer un empréstito con el Banco de la Pcia. de Bs. As. Por la suma de Pesos dos millones
quinientos mil para ser destinados a la adquisición de vehículos y maquinarias para uso municipal;
Que las presentes actuaciones fueron iniciadas por el Secretario de Hacienda
con el fin de solicitar autorización para contraer préstamo con el Banco de la Pcia. de Buenos Aires
a fin de adquirir vehículos y maquinaria de referencia;
Que el pedido de autorización es para que la Municipalidad de General J.
Madariaga pueda gestionar y obtener un empréstito con dicho Banco de hasta $ 2.500.000 (pesos
dos millones quinientos mil) amortizable conforme al sistema denominado Alemán en 36 cuotas
mensuales, con período de gracia de 6 meses, con pago de interés vencido a tasa anual del 22%, con
comisión del 1% adelantado al formalizarse la operación, para destinarse a la adquisición de los
bienes de referencia;
Que la L.O.M., el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de
Administración aprobado por el Honorable Tribunal de Cuentas y normas del RAFAM establecen
que el endeudamiento municipal debe ser autorizado por el Concejo Deliberante; que debiera
sancionar al efecto una ordenanza preparatoria, previo a la firma del empréstito;
Que se faculta al D.E. requiera del Ministerio de Economía el informe técnico
y evaluación dispuesto por Ley 12462, 13295 y al Tribunal de Cuentas la intervención que dispone
elementos con los cuales se estaría en condiciones de gestionar el crédito en cuestión;
Que la Comisión recibió al Secretario de Hacienda, Secretario de Salud,
Secretario de Servicios Generales y Mantenimiento, con quienes se abordaron los temas y
necesidades de los expedientes referenciados;
Que a fojas 78/96 se adjunta el informe técnico y de evaluación de la
Subsecretaria de Coordinación Económica del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos
Aires estableciendo el Municipio de General Juan Madariaga se encuentra en condiciones de
proceder a la suscripción del referido contrato , se deja constancia que se remiten copias certificadas
de las actuaciones a la Secretaria de Finanzas Públicas de la Nación;
Que a fojas 132/135 se adjunta el informe del Honorable Tribunal de Cuentas
de la Provincia de Buenos Aires donde manifiesta que la capacidad financiera del Municipio de
General Madariaga resulta suficiente para atender el servicio anual promedio del presente préstamo
informando también acerca de la legalidad de la operación.
Que, habiéndose vencido los plazos legales previstos en la L.O.M. a los
efectos de tratar el Proyecto en cuestión en Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, es
necesario realizar una nueva Sesión Preparatoria a fin de cumplimentar los pasos procesales
pertinentes.
A tales efectos este H.C.D. resuelve validar todas las actuaciones
correspondientes al presente expediente sancionando una nueva Ordenanza Preparatoria.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona
con fuerza de:
ORDENANZA
ARTICULO 1°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo a contraer con el Banco de la Provincia de
Buenos Aires un empréstito de hasta la suma de pesos dos millones quinientos mil ($ 2.500.000).-
ARTICULO 2°.- El préstamo que se autoriza a contraer estará sujeto a las siguientes condiciones
financieras:
Plazo y forma de pago:
Préstamo Amortizable a Interés Vencido, aplicándose el sistema de amortización Alemán.
Con tasa fija: único plazo: 36 cuotas mensuales, con un período de gracia de 6 meses para el pago
del capital únicamente. Los servicios de intereses serán pagaderos mensualmente desde el primer
vencimiento a partir de la efectivización.-
Amortización de capital: cuotas de amortización de capital constantes (Sistema Alemán).
Tasa de interés aplicable:
Tasa fija: 22% T.N.V.A.
Período de Intereses: Mensual.
Comisión: Será del uno por ciento (1%) sobre el total del préstamo a descontar por única vez en
forma adelantada al momento de efectivizarse la operación.-
ARTICULO 3°.- El importe del empréstito será destinado a adquisición de vehículos y maquinarias
que a continuación se detalla:
- Equipo Barredora/Aspiradora con capacidad de carga de 6 m3, tanque de agua para sistema
de riego de 1600 lts.
- Acoplado con vuelco bilateral, 3 ejes y con capacidad de 20 m3, con barandas laterales,
- Tractor con Pala Cargadora.-
- Vehículo 6 asientos para traslado de pacientes ambulatorios.-
ARTICULO 4°.- La obligación de pago a asumir por la Municipalidad será garantizada mediante la
afectación de los recursos que le correspondan al Municipio por el Régimen de Coparticipación de
Impuestos Nacionales y Provinciales (Ley n° 10.559 y modificatorias), cediendo los mismos como
medio de pago de las obligaciones emergentes del presente préstamo.
Posteriormente a que se efectivicen las retenciones previstas por ley, se autoriza al Banco de la
Provincia de Buenos Aires a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones,
intereses o cualquier otro gasto que se origine con motivo del presente préstamo.
A pedido del Banco, esta garantía podrá reemplazarse por la cesión de la recaudación de tasas
municipales.-
ARTICULO 5°.- El Departamento Ejecutivo preverá en los instrumentos presupuestarios vigentes y
en los futuros, los rubros y partidas necesarias para dar ingreso a los recursos referidos y egresos de
los fondos para atender los servicios de la deuda hasta su total cancelación.-
ARTICULO 6°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir los convenios y demás
documentación que resulten necesarios a los fines de posibilitar la concreción de la presente
operatoria.-
ARTICULO 7°.- Comuníquese al D.E., al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Bs. As.
Regístrese y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS
SEIS DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE.
Registrada bajo el n° 2416/17.-