O R D E N A N Z A N° 030/84

  • 08/03/1984

ART.1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a modificar el plazo de vencimiento del 2do. anticipo de la Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal establecido en la Ordenanza N° 0024/84, dando por ratificadas las prórrogas dispuestas ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante.- ART.2°.- Comuníquese al D.E. y al Honorable Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.-