O R D E N A N Z A N° 014/84 modificaciones al Estatuto del Personal Municipal

  • 08/03/1984

ART.1°.- Modifícase el Art. 13 de la Ordenanza General n° 207, que quedará redactado de la siguiente forma: "Art. 13.- Personal sin estabilidad es aquel que se desempeña en cargo de Secretario Privado, Asesores, Directores y aquel cuya remuneración se fije por planilla Anexa Especial de Presupuesto".- ART.2°.- Modifícase el Art. 16 de la Ordenanza General n° 207, que quedará redactado de la siguiente forma: "Art. 16.- El personal sin estabilidad gozará de los mismos derechos del personal con estabilidad citados en el Art. 18, excepto la de los incisos a) f) y k).- ART.3°.- Comuníquese al D.E. y al Tribunal de Cuentas de la Pcia. de Buenos Aires a todos sus efectos.-